La prescipción de los delitos

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Existe un período de tiempo legal desde la comisión del delito a partir del cual estos prescriben, esto que impide el enjuiciamiento o inicio de la acción penal para la persecución del presunto delito. La justificación prescriptiva se encuentra en el concepto de ‘seguridad jurídica’, figura que en un Estado de Derecho garantiza que no se pueda perseguir a nadie por unos hechos que cometió mucho tiempo atrás. Ya que se entiende que con el paso del tiempo, las circunstancias que rodean al proceso penal se van modificando, de manera que los fines de la pena van perdiendo importancia, la personalidad del acusado va evolucionando e, incluso, las expectativas de la víctima se van diluyendo.

Parece que la “seguridad jurídica” está pensada para proteger a quien delinque y desproteger a las víctimas sin atender a la naturaleza del delito, ya que el periodo de prescripción se establece en función de los años de cárcel que implica a priori el delito.

¿Pueden las leyes establecer procedimientos prescindiendo del daño físico mental que se ha infringido a las víctimas de por vida? ¿No resulta inmoral, despreciativo e injusto –y por ende debería ser ilegal- que determinados delitos como el asesinato, violaciones, pederastia puedan prescribir?

Quisiera centrarse en los casos especialmente de pedofilia porque considero que las víctimas son niños desprotegidos carentes de conciencia a menudo de lo que le está sucediendo en el momento en el que se abusa de él, fácilmente manipulables y asustadizos para que el abusador consiga

su silencio durante años, como hemos comprobado en numerosos casos de pederastia, que tan solo cuando estos niños han sido adultos se han sentido fortalecidos para entender qué les pasó y poder denunciar violaciones y abuso que, claro está, habían prescrito legalmente. Precisamente el en momento en que la persona tiene conciencia de haber sido víctima de un ultraje atroz, la ley lo deja desamparado ante un pederasta que por supuesto –por su incapacidad de controlar esta impulsión sexual- ha seguido abusando de niños, los cuales a su vez deben vivir en el anonimato del terror. Es un buen “chollo legal” para los pedófilos esa impunidad de poder durante años servirse del sexo de niños, atemorizados que en muchas ocasiones no saben ni lo que sucede, aunque el asco les hagan vomitar las sopa nocturna.

Es necesario exigir y revisar la prescripción de delitos y ésta –si es que debe existir ya que habría mucho que debatir y reflexionar sobre qué delitos y en qué casos- debe atender más a la naturaleza delos delitos y el daño irreversible que provocan en las víctimas que en los años de cárcel. Porque, desgraciadamente por el abuso a un menor consistente en tocamientos se están barajando hoy alrededor de 4 años de cárcel. No sé cómo estarán los pre-adolescentes ultrajados, pero sí sé que es una experiencia recurrente el resto de la vida.

Hay delitos que no pueden prescribir porque no prescribe la vida.

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