De la ley a la justicia

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La Justicia siempre ha sido una utopía. La herramienta para realizarla de la que nos hemos dotado, es decir los sistemas jurídicos, son tipificaciones que difícilmente pueden impartir justicia en cada caso particular, a no ser que esa interpretación que los jueces deben hacer de las leyes esté presidida por un sentido común excepcional. Un discernimiento que sea capaz de singularizar lo que a cualquier patrón universal necesariamente se le escapa. Ningún asesinato es igual a otro, ninguna violación, ninguna apropiación del patrimonio público por parte de un político,…Esta exigencia de particularizar, teniendo como referente un marco legal determinado, es una exigencia para que el espíritu de la ley se encarne en cada sentencia.

Obviamente, la subjetividad del juez puede ser  un escollo. Por eso lo que demandamos aquí es un esfuerzo de racionalidad en el análisis de cada suceso. Para que quien roba por necesidad, por ejemplo,  sea juzgado de forma diferente a quien roba por avaricia y voluntad de enriquecimiento.

Sabemos que existen atenuantes de los delitos que se aplican y que deben cumplir esta función de ajustar las sentencias a lo singular. Pero, desgraciadamente, demasiadas veces no resultan del todo eficaces para compensar la voluntad con la que se comete un delito. Esta valoración puede parecer muy kantiana –aquello de que es sustancialmente diferente actuar conforme al deber o legalmente, que por deber- y no me zafo en absoluto de esa herencia: porque estoy convencida de que la voluntad con la que se lleva a cabo una acción debe ser relevante también en el ámbito jurídico. Cierto es que nos adentramos en un terreno pantanoso ya que la auténtica intención con la que se lleva a cabo una acción, susceptible de ser enjuiciada legalmente, es harto difícil de dirimir, pero debe intentarse.

Si los jueces, dentro del marco legal al que deben someterse, no se esmeran en equilibrar mediante ese sentido común excepcional –el menos común de los sentidos como comprobamos diariamente- la aplicación de esas reglas universales –en cuanto son tipificaciones que homogenizan lo diverso- la Justicia, ese anhelo huidizo, será siempre una utopía que derive en frustración, desencanto y escepticismo.

Por recurrir a otro ejemplo: no puede ocurrir que salgas a comprar, te encuentres tu piso okupado, y sea un lento, farragoso y agónico reto conseguir recuperar tu casa. De acuerdo que hay una cuestión previa que es la política de vivienda que se ejecuta atendiendo a intereses que no parecen ser los de los ciudadanos. Pero como esa no es la cuestión sobre la que estamos reflexionando en este artículo, cabe exigir que la celeridad en la evacuación de las personas que asaltan viviendas que no les pertenecen sea tan inmediata como comprobar quién tiene la titularidad de la vivienda –ya sea por arrendamiento o compra- y nos desprendamos de todas esas gestiones burocráticas absurdas en situaciones como estas. Deseo hacer aquí una salvedad, y sigue presidiendo la voluntad de reivindicar el espíritu de las leyes: no puede ser tratado igual el caso de un grupo de jóvenes burgueses que quieren ser lo que no son y se reconvierten en alternativos okupando casas, que el de una familia con criaturas que ha sido desahuciada y expulsada al rigor de las calles.

En el fondo, lo que aquí se plantea no es más que un intento de aproximar lo legal y lo legítimo a sabiendas de que su coincidencia plena es inviable, pero deseable que  lleguen a ajustarse al máximo.

Nadie dijo que ser Juez fuera tarea sencilla. Aquí quienes aspiran a ejercer esa profesión deben saber que lo que prevalece o debe ser relevante es su vocación, su voluntad de que la Justicia, como institución, sea paradójicamente más justa. El prestigio, el estatus social es algo a denostar en estos casos y que curiosamente no se evalúa de ninguna manera antes de que un letrado sea nombrado juez. Quizás deberíamos también replantearnos el sistema de acceso a la judicatura.

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